CONGDEX ACTUALIDAD

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INFORMACIÓN ACTUALIDAD CONGDEX:

1.- TEMA PLAZOS Y SUSPENSIÓN EN SITUACIÓN DE ALARMA

Ante los interrogantes surgidos con respecto a los plazos administrativos y su suspensión y vigencia y, una vez contactado con Aexcid, os trasladamos la respuesta por parte de Junta de Extremadura a indicaciones de la gerente de la agencia, Encarnación Rodríguez:

Información sobre plazos administrativos durante el estado de alarma.

INTERRUPCIÓN DE LOS PLAZOS DE TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS.

Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. (BOE nº 67, de 14 de marzo).

Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos.

  1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
  2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
  4. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Disposición adicional cuarta. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.

DECRETO 17/2020, de 15 de marzo, por el que se determinan los servicios públicos básicos de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, ante la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (DOE Extraordinario nº 2, de 15 de marzo).

Artículo primero. Servicios públicos básicos.

Se determinan como servicios públicos básicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional, durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los recogidos en anexo al presente decreto.

Disposición adicional segunda. Suspensión de plazos administrativos, de prescripción y caducidad.

De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de la Administración de la Comunidad Autónoma y su sector público institucional, así como los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos, durante la vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.

Os dejamos también el  enlace  al Decreto de la Junta de Extremadura para disponer de la información en su totalidad.

 

2.-RECOPILACIÓN DE DATOS PERSONAL EXPATRIADO ONGD

Desde Aexcid nos han solicitado colaboración para recabar información acerca del personal expatriado de nuestras entidades para tener contacto y conocimiento de la situación, con el fin de coordinar o ser útiles frente a aquellas necesidades que se puedan presentar con motivo de la situación de emergencia sanitaria por el coronavirus. Para recopilar dicha información,  os hemos enviado por circular interna una ficha de recogida de datos y os solicitamos su reenvío cumplimentada al correo de la Coordinadora lo antes posible. Sabemos que estáis reorganizando el trabajo en vuestras organizaciones para poder sobrellevar esta situación lo mejor posible, dentro de las indicaciones y recomendaciones recibidas y, entendemos también que este trabajo de  recopilación de datos os va a exigir una dedicación y un tiempo extra, pero será para ofrecer a dicho personal un servicio de apoyo, asesoramiento y ayuda por parte de las administraciones extremeñas que será de mucha utilidad dadas las circunstancias excepcionales que se presentan.

3.- OFICINA CONGDEX

Por último, comentaros la decisión tomada por Junta Directiva con respecto a la apertura del centro de trabajo y la jornada laboral del equipo técnico: la oficina permanecerá cerrada, al menos durante un periodo de quince días a contar desde hoy lunes 16 de marzo, pero estaremos teletrabajando desde casa y disponibles en nuestros correos electrónicos y en el número de teléfono móvil de la coordinadora.

 

 

 

Hoy, más que nunca, #JuntasSomosMasFuertes.

Mucho ánimo para todas/os.

Trabajando desde 1995 para que las sinergias tejidas por nuestras organizaciones, con el efecto multiplicador de sus diferencias y el valor positivo de lo que las une, sigan construyendo cimientos en nuestra región para un desarrollo global, sostenible, participado y equitativo.




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